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- Qué falló el Alto Tribunal sobre la compensación a Ángel Ron
- Cómo afecta la sentencia a los pagos y a la póliza
- Cláusulas clave: malus y clawback
- Cómo se organizó el seguro que garantizaba las rentas
- Consecuencias laborales y contractuales del fallo
- Repercusiones para otros directivos: el caso de Francisco Gómez
El Tribunal Supremo ha resuelto un pulso legal relevante en el sector financiero. La sala civil avala la postura de Banco Santander y limita el pago de una política de prejubilación vinculada al antiguo equipo directivo de Banco Popular.
Qué falló el Alto Tribunal sobre la compensación a Ángel Ron
El tribunal escuchó el recurso presentado por Santander y rechazó que Ángel Ron tuviera derecho a seguir cobrando una renta pactada tras su salida en 2017. La cuantía en disputa rondaba los 12,8 millones de euros depositados como prima única.
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Última palabra: la confesión que cambia todo
Con esta resolución, el Supremo deja sin efecto una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 2021. Esa resolución favorecía a Ron y a la aseguradora Mapfre. Ahora se restablece el criterio inicial del Juzgado de Primera Instancia número 47 de Madrid.
Cómo afecta la sentencia a los pagos y a la póliza
La decisión tiene consecuencias prácticas sobre quién asume la obligación de pagar y cuándo puede recuperarse lo abonado.
- Mapfre deberá anular las obligaciones de pago que fijaba la póliza de rentas.
- La aseguradora tendrá que devolver la parte de la prima que aún no se hubiera consumido.
- Banco Santander podrá activar mecanismos internos para recuperar o ajustar remuneraciones.
Importes que vuelven a discutirse
- Los 12,8 millones depositados como prima única para financiar las rentas.
- Los 215.546 euros que el exdirectivo recibió por remuneraciones variables de 2013 y 2014 y que los tribunales exigieron devolver.
- Los 13.093 euros cobrados por adelantado en el primer trimestre de 2017, relacionados con un puesto que ya no desempeñaba.
Cláusulas clave: malus y clawback
El centro del conflicto fue la naturaleza del pago: pensión o compensación variable ligada a resultados.
El Juzgado de Primera Instancia consideró que las cláusulas correctivas podían aplicarse. La Audiencia, en cambio, entendió que se trataba de una pensión de prejubilación. El Supremo ahora opta por la primera tesis.
Esto permite a la entidad activar las cláusulas de recuperación (clawback) y de ajuste previo o reducción a cero (malus). Con ello, se autoriza la limitación o anulación de pagos cuando concurran supuestos contractuales previstos.
Cómo se organizó el seguro que garantizaba las rentas
Los hechos arrancan con un acuerdo entre Banco Popular y Mapfre para asegurar determinadas compensaciones a directivos al cesar en sus cargos.
- Se pactó un depósito preparatorio mediante una prima única.
- La finalidad: suscribir futuros contratos de seguro que financiaran rentas hasta los 65 años de los beneficiarios.
- El tomador del seguro fue Banco Popular; la aseguradora, Mapfre.
El pago de las retribuciones se instrumentó a través de un seguro colectivo de personas. El capital entregado a la aseguradora superó los 12 millones de euros, destinado a abonar las rentas si se cumplían las condiciones pactadas.
Consecuencias laborales y contractuales del fallo
El Supremo valora la compensación como producto de la extinción contractual. No la califica como pensión contributiva o de jubilación.
Además, subraya que esa compensación estaba condicionada a un compromiso de no competencia. Esa vinculación reforzó el argumento de que se trataba de una contraprestación por la terminación de la relación laboral o mercantil.
Repercusiones para otros directivos: el caso de Francisco Gómez
La sentencia del Supremo no se limitó a Ángel Ron. El tribunal aplicó la misma doctrina al expediente del exconsejero delegado Francisco Gómez.
En el proceso de Gómez, la Audiencia Provincial llegó a la conclusión de que procedía aplicar las cláusulas correctoras. El Alto Tribunal ratifica el criterio que permite activar malus y clawback en estos escenarios.











