CUEVAS DEL ALMANZORA.- La verdad sobre la condena al Ayuntamiento
En relación a la información publicada este miércoles en varios medios provinciales respecto a la condena al Ayuntamiento por la tardanza en dar una licencia de obras, en el que se hacía referencia a que el consistorio tendría que devolver la tasa que cobró “indebidamente”;
El Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora manifiesta que es que es totalmente incierto que la Corporación Local haya sido condenada por dicho motivo al pago de indemnización alguna, siendo por tanto dicha información totalmente incierta. Por otra parte, resulta especialmente grave la falsedad de la información, si tenernos en cuenta que, conforme se indica en la propia noticia, la fuente de información es el propio despacho de abogados que representó a la mercantil demandante, quienes sin duda conocen el contenido del procedimiento.
La cuestión debatida en el procedimiento, era la relativa a la fecha del inicio del cómputo del plazo de prescripción -de cuatro años-, para poder reclamar la devolución del pago del Impuesto de Construcciones y Obras (ICIO), de una construcción que nunca llegó a realizarse. Sobre si debe de computarse desde la fecha en la que se pagó el impuesto, o bien desde que el titular de la licencia renuncia a realizar la construcción. Pese a existir jurisprudencia en ambos sentidos, el juzgador de instancia se inclinó por el segundo criterio, condenando al Ayuntamiento exclusivamente, a devolver la cantidad que había percibido por dicho Impuesto.
Respecto de la tardanza en la concesión de la licencia, vino inicialmente motivada por solicitar la promotora un cambio del proyecto originario y posteriormente por el hecho de existir en el solar donde se proyectaba la construcción una “araucaria centenaria”. Cuando la promotora se proponía talar el árbol, ante las protestas, manifestaciones y oposición de los vecinos del Municipio y del propio Ayuntamiento, firmó con la Corporación Local un convenio urbanístico de mutuo acuerdo, para su traslado a otro lugar.
La posterior falta de financiación por parte de la promotora para la construcción, vino motivada exclusivamente por la mala situación económica de la empresa ante la crisis económica, renunciando a realizar la construcción, que sin duda les habría colocado en una situación mucho más perjudicial.
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