Padres de Gabriel ven «razones» para repetir el juicio porque la magistrada «dio opinión» al jurado
La acusación particular ejercida por Patricia Ramírez y Ángel Cruz cree que «sobran razones» para repetir el juicio por el asesinato de su hijo de ocho años Gabriel Cruz ya que la magistrada-presidenta, Alejandra Dodero, «entró a dar opinión» cuando instruyó al jurado popular sobre la agravante de ensañamiento, y la prueba pericial que avalaba su existencia.
Apunta, asimismo, que, como consecuencia de esto, los nueve integrantes del jurado popular «no motivaron suficientemente su veredicto» al descartar que Ana Julia Quezada se ensañase a la hora de dar muerte al menor.
Así se recoge en el recurso supeditado de apelación presentado por el letrado Francisco Torres, quien explica que el análisis del recurso de la defensa de Ana Julia Quezada revela que «varios de los motivos» que se alegan «abocarían a la celebración de un nuevo juicio».
Indica que por esta razón han decidido recurrir la sentencia si bien optaron «en un primer momento y muy a nuestro pesar» por no hacerlo aunque «estábamos convencidos de que contiene un clamoroso error al negar los informes médicos» que ellos aportaron para acreditar un supuesto ensañamiento.
«Esto ha hecho que estemos en esta tesitura de recurrir supeditadamente la sentencia», afirma Torres, quien añade que lo habían descartado inicialmente en una decisión «comprensible» ya que «todos los pedimentos de esta acusación, incluyendo los dos delitos contra la integridad moral, habían sido confirmados por unanimidad por el jurado, salvo el ensañamiento» y no se quería dar «posibilidad alguna a aumentar el dolor de los padres».
Pese a la apelación, la acusación particular impugna el recurso de la defensa de Quezada y pide a la sala que no atienda el pedimiento de repetir el juicio «no solo por razón de imagen de la justicia sino también por el respeto debido a la institución del jurado».
Solicita, de este modo, que confirme en todos sus extremos la sentencia que la condenó a prisión permanente revisable como autora de un delito de asesinato con alevosía y a penas de ocho años y tres meses de cárcel como autora de dos delitos de lesiones psíquicas y otros dos contra la integridad moral de los padres del pequeño Gabriel.
El recurso, que adelanta este lunes La Voz de Almería y al que ha tenido acceso Europa Press, solicita la anulación del juicio y lo hace, en primer lugar, por el hecho de que el jurado negase la existencia de ensañamiento.
Argumenta la acusación particular que la pericial de parte que presentaron, que apuntaba a que las lesiones que presentaba el niño se produjeron antes de la asfixia, «tenía bastante más sentido común» que la pericial médico forense y critica «la falta de respeto» a los profesionales médicos por parte de la fiscal, cuya actuación con respecto a ellos tilda de «desaforada».
Añade el letrado Francisco Torres que esta pericial se encargó al «comprobar» que en el informe de los forenses del Instituto de Medicina Legal (IML) «no casaban bien los múltiples hematomas y hemorragias» de Gabriel «con que la causa de muerte fuera simplemente taponar la boca y orificios nasales para asfixiar» y llama la atención sobre la existencia de «un edema cerebral producido en vida».
«TUVO UNA LARGA AGONÍA»
«Todas las lesiones que tienen en la cabeza son en vida», insiste para volver a la tesis de que «tuvo una larga agonía», a la de que la intención de Ana Julia Quezada era «desmembrarlo» y hacer un desglose exhaustivo desglose de las lesiones que tenía el cuerpo sin vida del pequeño. ¿Cómo pueden integrarse todas estas lesiones, hematomas y hemorragias en el relato que dan los forenses de que la muerte simplemente fue por asfixia?», se pregunta para concluir que «no hace falta ser médico para evidenciar que hay un sufrimiento importante».
Con respecto a la actuación de la Presidencia del tribunal, la acusación particular señala, en coincidencia con los argumentos de la defensa, que las instrucciones dadas a los miembros del jurado fueron «parciales» y que «consecuentemente se les sugirió que era lo más adecuado». «Entendemos que se sugirió o se indujo el veredicto», mantiene.
Cuestiona, así, el ejemplo con el que la magistrada Alejandra Dodero quiso ilustrar a las siete mujeres y dos hombres de jurado popular sobre qué es ensañamiento «después de advertirles de que solo lo pedía la acusación y no el fiscal» ya que, según remarca, «subió tanto el listón que la sensación que le queda al profano en derecho es que si no te cosen a puñaladas, te cortan el dedo o la lengua y te lo enseñan, no hay ensañamiento».
El letrado Francisco Torres apunta a que, a continuación, la presidenta «indicó cómo debían valorarse las dos periciales médicas» y cómo resolver el hecho de que fueran «contrapuestas». «La motivación que dan los jurados, dando más veracidad a los informes y declaraciones de los médicos forenses no es que nos parezcan más o menos convincentes; es que no hay argumento. No es que sea insuficiente o inapropiada; es que el difícil cualquier conjetura a la vista de las instrucciones de la presidenta», remarca.
El recurso concluye afirmando que «hay ensañamiento porque el calado de las lesiones que sufrió Gabriel añaden un plus de sufrimiento, a todas luces, innecesario y en vida» y que la motivación que da el jurado para rechazarla «no está argumentada porque ha sido, aunque no deliberadamente, directamente inducida por las instrucciones de la magistrada-presidenta».
«Por eso no pueden argumentar y se limitan a decir que optamos por la de los forenses, sin argumentos, por inducción en las instrucciones de la magistrada, lo que supone una vulneración de la tutela judicial efectiva», finaliza.
Puedes seguir las respuestas de esta entrada por el RSS 2.0. Puedes ir al final y dejar una respuesta. Pinging no esta permitido