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El TC estima las impugnaciones del Gobierno y anula las resoluciones del Parlament sobre la autodeterminación

El Pleno del Tribunal de Constitucional (TC) ha acordado por unanimidad anular dos resoluciones del Parlament de Catalunya aprobados en julio y septiembre con las que reafirmaba su compromiso con el derecho a la autodeterminación y en la insistencia de reprobar al Rey Felipe VI. Lo ha hecho al estimar los incidentes de ejecución que el Gobierno de Pedro Sánchez presentó a principios del mes de octubre.

Por otro lado, el tribunal de garantías, que ha adelantado el fallo de tres de los cinco autos sobre los que ha debatido, ha declarado la extinción por desaparición sobrevenida de otro recurso del Ejecutivo que presentó contra el acuerdo aprobado el 26 de septiembre en la que ratificaba el objetivo de la independencia de Catalunya.

El TC anula varios puntos de las resoluciones del Parlamento de Catalunya aprobados el 25 de julio de 2019 «sobre las propuestas para la Catalunya real» en el que se reafirmaba el compromiso de la cámara parlamentaria con el derecho a la autodeterminación y se insistía en reprobar al monarca, pese a que el propio TC anulara una semana antes una propuesta del Parlament similar.

Con el mismo criterio, el tribunal también declara nulos los apartados de la resolución sobre la «orientación política general del Govern» aprobada el pasado 26 de septiembre en los que se repetían el compromiso con el derecho de autodeterminación.

Asimismo, el TC ordena notificar personalmente estas resoluciones al presidente del Parlament, Roger Torrent, y a los miembros de la Mesa para advertirles de nuevo de las consecuencias, incluso penales, en las que puedan que incurrir si no se abstienen, impiden o paralizan «cualesquiera actuaciones tendentes a dar cumplimiento» a los apartados declarados nulos.

El Constitucional admitió a trámite el pasado 10 de octubre el incidente de ejecución planteado por el Gobierno contra esta resolución y fue entonces cuando advirtió por primera vez a Torrent de las posibles responsabilidades penales. Hizo un segundo apercibimiento un mes después cuando admitió a trámite la impugnación del Ejecutivo de la resolución de septiembre, en la que además también advirtió al presidente de la Generalitat, Quim Torra.

SENTENCIAS DESOBEDECIDAS

El Gobierno recurrió estos acuerdos del Parlament al entender que eran contrarios a resoluciones del Tribunal Constitucional, como la del 2 de diciembre de 2015 en la que se declaró inconstitucional la Resolución 1/XI del Parlamento de Catalunya de 9 de noviembre de 2015 «sobre el inicio del proceso político en Cataluña como consecuencia de los resultados electorales de 27 de septiembre de 2015», la primera iniciativa sobre el proceso independentista que fue admitida a trámite por la Mesa del Parlament.

Otra sentencia que el Ejecutivo considera que no se ha cumplido es la dictada el 13 de diciembre de 18, en la que se declararon nulos e inconstitucionales tres apartados de la Moción 5/XII del Parlamento de Catalunya, de 5 de julio de 2018, «sobre la normativa del Parlamento anulada y suspendida por el Tribunal Constitucional», en la que se insistía en la consecución de la independencia.

Asimismo, el Gobierno entiende que tampoco se acata una tercera sentencia, la relativa a la dictada el pasado 17 de julio que declaró inconstitucional dos epígrafes de la Resolución 92/XII del Parlamento de Catalunya, de 11 de octubre de 2018, de priorización de la agenda social y la recuperación de la convivencia, con la que se acordó reprobar al Rey Felipe VI.

Escrito por en 18 Dic 2019. Archivado bajo Otras Noticias del Día.
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