Consumo recuerda la ilegalidad de cobrar un suplemento por los gastos derivados del Covid-19

Las medidas que se han establecido en materia de higiene y prevención para los establecimientos y locales abiertos al público son de obligado cumplimiento para las empresas. Por ello, el coste añadido que suponga su puesta en marcha no puede ser repercutido a la clientela a modo de suplemento indicado de forma desglosada, ya que no se trata de servicios accesorios de carácter opcional que la persona consumidora o usuaria puede aceptar o rechazar, sino que se trata de cuestiones inherentes al desarrollo de la propia actividad empresarial.
Por tanto, desde Consumo se recuerda a las empresas que pueden establecer libremente los precios totales de sus productos o servicios, pero en ningún caso incluir dichos costes añadidos generados por el Covid-19 a modo de suplemento desglosado en la factura, incluso aunque hayan informado previamente a la clientela de dicho recargo.
Cómo denunciar el cobro
Por otra parte, desde Consumo se informa a la ciudadanía de que si detectan algún negocio en el que se esté llevando a cabo esta práctica irregular, pueden negarse a abonar dicho suplemento e interponer una hoja oficial de quejas y reclamaciones ante la empresa, así como denunciarlo ante la Administración de Consumo para que lo investigue y tome las medidas oportunas.
En este sentido, a la hora de interponer una denuncia se debe identificar adecuadamente el establecimiento en el que se ha producido la infracción, así como describir claramente los hechos ocurridos y aportar la documentación que pueda resultar de interés para probar la irregularidad. En este caso, podrían ser fotografías de la información disponible en el establecimiento sobre el suplemento por Covid-19, en caso de que la hubiera, o copia del ticket o factura de compra donde se desglose dicho recargo.
Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Familias. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, de la página web, del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es; y de los perfiles en las redes sociales Twitter y Facebook.
También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y Familias presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.

