Mostrar resumen Ocultar resumen
- La comunicación con el presidente y la cadena de aviso
- Mensajes, WhatsApps y la posible apertura de nuevas líneas de investigación
- El foco sobre el expresidente y qué significa “mantener informado”
- La delegada del Gobierno: presencia, responsabilidad y reproches públicos
- Técnicos y mandos operativos: ausencias notables en la causa
- El choque técnico: activar ES-Alert o no
- El estado de la instrucción y las normas autonómicas de emergencias
Salomé Pradas, exconsejera de Justicia e Interior de la Generalitat Valenciana, narró en televisión su versión sobre la gestión de la DANA del 29 de octubre de 2024. Sus palabras han encendido de nuevo el debate público y judicial sobre quién tomó decisiones, qué comunicaciones se transmitieron y por qué buena parte de la investigación se ha centrado en pocos responsables.
La comunicación con el presidente y la cadena de aviso
Pradas aseguró que avisó al entonces presidente a media tarde, pero que este no acudió de inmediato al Cecopi. Según su relato, la notificación se realizó a las 17:36 horas y la presencia en el centro de coordinación se produjo pasadas las 20:30.
Bañista de 55 años en estado grave: rescatado del mar en la playa de Mogán
Leonardo DiCaprio revela origen de su silbido mexicano viral: trabajé mucho con mis jardineros
- 17:36: aviso inicial sobre personas refugiadas en tejados en Utiel.
- 18:43: correo de la Confederación Hidrográfica del Júcar con datos de caudal.
- 20:30: llegada del presidente al Cecopi, según Pradas.
La exconsejera también relató que muchas comunicaciones no se hicieron directamente al presidente, sino a través de su jefe de gabinete, José Manuel Cuenca. Esa mediación en la cadena de mando complica establecer quién fue efectivamente informado y cuándo.
Mensajes, WhatsApps y la posible apertura de nuevas líneas de investigación
En manos de Pradas hay mensajes que, según ella, prueban la secuencia de avisos. Las fuentes jurídicas consultadas explican que esos WhatsApps podrían convertirse en piezas clave para reconstruir la cadena de decisiones.
Si la versión de Pradas se confirma, se abriría un nuevo escenario procesal: la posible omisión de comunicaciones por parte de intermediarios podría traer consecuencias para quienes filtraron o retuvieron la información.
Qué tendría que aparecer para implicar a más personas
- Prueba directa de una instrucción concreta del presidente.
- Mensajes que demuestren la orden de no trasladar avisos a la cúpula.
- Registros que acrediten quién y cuándo recibió la información.
El foco sobre el expresidente y qué significa “mantener informado”
Las palabras de Pradas han vuelto a colocar sobre la mesa la responsabilidad política del expresidente. El plan de emergencias permite que la jefatura recaiga en la consejera o, en ciertos casos, en un mando único ejercido por el presidente.
Fuentes jurídicas subrayan que pedir a un subordinado que le “mantenga al corriente” no equivale automáticamente a asumir el mando. Para apuntalar una imputación sería imprescindible un indicio directo: un mensaje, una orden clara o documentación que lo pruebe.
La delegada del Gobierno: presencia, responsabilidad y reproches públicos
Pilar Bernabé, delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana y codirectora del Cecopi, aparece en el relato de Pradas como figura clave. La exconsejera afirma que no toda la información se trasladó con la inmediatez necesaria.
Desde fuentes judiciales señalan que resulta llamativo que Bernabé solo haya comparecido como testigo, si realmente ejerció una participación decisiva en la codirección del operativo. La delegada respondió públicamente, calificando las afirmaciones de Pradas como falsas y apuntando a otras comparecencias ante la jueza que, según ella, contradicen el relato.
Técnicos y mandos operativos: ausencias notables en la causa
Una de las críticas más repetidas es la exclusión de técnicos y mandos operativos de la instrucción. Abogados vinculados al caso sostienen que existe una tendencia a no atribuir responsabilidad penal a funcionarios en este tipo de causas.
Un ejemplo señalado en la instrucción afecta a Rodrigo Ezpeleta, del Centro de Coordinación de Emergencias. Según las fuentes, recibió un correo de la Confederación Hidrográfica del Júcar que advertía de un caudal de 1.600 m³/s y no trasladó esa alerta al Cecopi, situado en la sala contigua.
- El correo fue registrado a las 18:43.
- El contenido alertaba de un aumento del caudal de gran riesgo.
- No se han solicitado diligencias específicas sobre su actuación.
La falta de interrogatorios y diligencias dirigidas a varios técnicos deja zonas grises sobre cómo se gestionó la información en tiempo real.
El choque técnico: activar ES-Alert o no
La entrevista de Pradas volvió a poner de manifiesto el debate interno sobre el uso del sistema de aviso masivo ES-Alert. Jorge Suárez, subdirector de Emergencias, defendía su activación. José Miguel Basset, jefe del Consorcio Provincial de Bomberos, alertaba de efectos adversos.
Los juristas consultados explican que resulta complejo encontrar responsabilidad penal en esta decisión. El plan no establece una obligación expresa de activar ES-Alert, y su impacto no garantiza por sí solo la reducción del daño.
- ES-Alert era una herramienta más, no la única.
- No hay norma clara que obligara a usarla.
- La jueza interrogó a responsables políticos sobre el envío, pero tardó en escuchar a responsables operativos como Suárez.
El estado de la instrucción y las normas autonómicas de emergencias
Tras doce meses de investigación, la causa ha señalado a dos cargos autonómicos: Pradas y Emilio Argüeso, exsecretario autonómico de Emergencias. Para muchas fuentes, eso no explica plenamente el conjunto de decisiones tomadas durante la DANA.
Además, los especialistas subrayan que la normativa autonómica sobre emergencias presenta vacíos y ambigüedades. Esa falta de desarrollo legal dificulta atribuir responsabilidades y deja un amplio margen de discrecionalidad en momentos críticos.
- Reglas poco desarrolladas sobre mando único.
- Falta de protocolos claros para alertas masivas.
- Escasa regulación sobre la responsabilidad de técnicos y mandos.












