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Las menores de Purchena reclamadas por su abuela seguirán bajo su amparo ante otros procedimientos

Las niñas de tres y seis años de edad cuya abuela materna reclama su guarda y custodia ante el Juzgado Único de Purchena (Almería) permanecerán bajo el amparo de la mujer después de que la vista programada para el pasado 12 de julio ante la titular del juzgado quedara “en suspenso” y a la espera de los siguiente procedimientos judiciales, dado que la expareja de la madre de las pequeñas –fallecida en un accidente– no habría solicitado aún su custodia a través del procedimiento adecuado.

Así lo han indicado a Europa Press fuentes jurídicas, que han precisado que el padre de al menos una de las dos menores “no ha solicitado su custodia y ni tan siquiera un régimen de visitas”, por lo que las niñas seguirán a cargo de los abuelos maternos mientras que resuelven procedimientos paralelos o surjan otras iniciativas legales.

Cabe recordar que las partes esperan que la Audiencia Provincial de Almería resuelva un recurso de apelación después de que la juez del Juzgado de Purchena denegara la entrega de la mayor de las niñas al padre.

Según la resolución, la pequeña convivía en el domicilio de la abuela con su madre hasta el momento en que falleció “sin que apenas haya tenido relación con el solicitante” de la medida. Asimismo, la menor siguió conviviendo con su abuela materna y la pareja de esta en casa de ella, quien ejerce “la guarda de hecho” de la niña. Las menores, desde que nacieron, han vivido con su abuela.

En su primer pronunciamiento, la juez incidió en que “el entorno en el que se encuentra la menor es lo suficientemente adecuado como para denegar la solicitud” puesto que la niña cuenta con “suficiente espacio” para sí misma en la casa y asiste “puntualmente al colegio”, toda vez que se encuentra “bien adaptada a su situación” a pesar de que se dieran “distintos problemas” en el núcleo familiar que precisaron la atención de servicios sociales de la Diputación.

La juez apuntó además en sus fundamentos que la abuela Dolores cuenta “con tiempo suficiente” para el cuidado de la niña, que “sabe protegerla”, así como que entre ambas existe un “vínculo afectivo”, al tiempo que rechaza las alegaciones del hombre, quien indicó que la niña no se encontraba “bien atendida por los abuelos maternos” dado que estaba en un “entorno poco adecuado para su educación, con graves problemas de escolarización”.

La decisión judicial se apoyó además en un informe pericial emitido a petición de los abuelos que señalaba que “lo mejor para la menor es continuar viviendo en su ámbito de referencia, junto con su otra hermana, existiendo plenas garantías de que la abuela materna desarrolla un rol adecuado como madre y garantiza unos cuidados adecuados respecto de su nieta”.

La abuela, que cuida de sus nietas desde que falleciera su hija en un accidente de tráfico en abril de 2017, defiende las niñas “no conocen” al hombre, quien solicitó ejercer la patria potestad, así como tener la guarda sobre la mayor de ellas –la única reconocida legalmente por él– tras tener conocimiento de la muerte de su expareja; hecho por el que se sigue otro procedimiento judicial en el que se dirime una cuantiosa indemnización que le corresponde a las pequeñas por la pérdida de su progenitora.

Escrito por en 21 Jul 2018. Archivado bajo Tribunales, Última Hora.
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