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La Junta de Gobierno Local aprueba el Reglamento regulador del Servicio Municipal de Alquiler de Bicicletas

La CarrilBiciJunta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Almería ha aprobado el proyecto de Reglamento Regulador del Servicio Municipal de Alquiler de Bicicletas de Almería (SMAB), paso previo a su debate en el Pleno de la Corporación. Un trámite que sigue a la aprobación de la memoria técnica, jurídica y económica para la implantación de este nuevo servicio que el Ayuntamiento de Almería pretende “poner en marcha a lo largo de 2018”, como hoy ha recordado el responsable del área de Movilidad Urbana, Manuel Guzmán.

El nuevo reglamento, elaborado para avanzar en la tramitación en su conjunto del SMAD, incluye dieciocho artículos, además de un preámbulo, estableciendo las condiciones de uso del servicio de alquiler de bicicletas que se pondrá en marcha en la ciudad de Almería, regulando su organización y funcionamiento, derechos, obligaciones y prohibiciones y su régimen sancionador.

En su Preámbulo el reglamento recoge que el SMAD se configura como una competencia del Ayuntamiento y que la prestación del servicio se realizará a través de la modalidad de gestión indirecta, y en particular, concesión de servicio público, poniendo a disposición de los ciudadanos un servicio de transporte público municipal “que fomente el uso de la bicicleta”, ha explicado Guzmán.

En cuanto a la organización y funcionamiento de este servicio el Reglamento recoge que será mediante concesión administrativa como se gestione este servicio cuyo sistema está formado por una oferta inicial de 400 bicicletas distribuidas en 61 estaciones por toda la ciudad y un total de 600 puntos de anclajes. Del mismo modo y en sucesivos artículos se señala que su ámbito de actuación se limita al área urbana del término municipal de Almería, ofertándose este servicio “todos los días del año”. La jornada se establece en el intervalo comprendido entre las 6:00 horas y las 24:00, excepto los días 24 y 31 de diciembre, jornadas en las que el servicio finalizará a las 22:00 horas.

 

El Reglamento viene a regular también las condiciones del préstamo y devolución de las bicicletas distinguiendo tres tipos de usuarios: usuarios ocasionales o de corta duración, usuario general con tarjeta y usuario turístico con tarjeta. La suscripción y acceso al sistema se realizará mediante tarjeta inteligente, código de usuario o teléfono móvil y todas las bicicletas llevarán integrado un sistema informático inteligente con pantalla desde la que el usuario podrá realizar sus operaciones de alta, entrega y consultas, incluso a través de una app móvil. Dispondrán también de un sistema antirrobo por geolocalización.

 

Como novedad, y así se recoge también en este Reglamento, el Ayuntamiento de Almería incluirá la tarjeta Bicibus, una tarjeta única integrada que permita la adquisición conjunta de la tarifa plana (40 euros) con las diferentes modalidades de bono bus y que permitirá descuentos del 5% en el uso del autobús, en una forma más de fomentar el uso del transporte público.

 

Derechos, obligaciones y prohibiciones

 

A partir del artículo 12, el Reglamento viene a regular derechos, obligaciones y responsabilidades en el uso de este sistema, de forma que se pueda garantizar la mejor prestación de este servicio. Así, toda persona usuaria está obligada a cumplir las normas establecidas en este Reglamento.

 

En el capítulo de derechos queda recogido que las bicicletas estén en condiciones para su uso, que el usuario podrá formular sugerencias, reclamaciones y quejas y recibir información de las incidencias del servicio a través de la web corporativa, información sobre las tarifas o derecho de devolución del importe abonado en el caso de un cobro indebido.

 

Entre las obligaciones, usar diligentemente la bicicleta, así como las instalaciones que dan cobertura a este servicio, asumir la guarda y custodia de la bicicleta desde el momento de su retirada de la correspondiente estación y hasta su correcta devolución al sistema y cumplir lo previsto en la Ordenanza Municipal de Circulación de Peatones y Ciclistas de la ciudad de Almería, así como la restante normativa de circulación vigente o circular preferentemente por la red municipal de itinerarios ciclistas.

 

Se prohíbe igualmente la utilización de las bicicletas para un uso no contemplado en la normativa de tráfico, ordenanzas municipales y demás legislación vigente; el préstamo, alquiler, cesión o realizar cualquier otro acto de disposición de la bicicleta, de la tarjeta de usuario o del código secreto a favor de terceros, con o sin ánimo de lucro; el desmontaje o manipulación total o parcial de la bicicleta; transportar a otras personas, animales y/o objetos voluminosos o abandonar o prestar la bicicleta mientras se está haciendo uso del servicio, excepto en casos de fuerza mayor. El incumplimiento de las obligaciones, prohibiciones y requisitos establecidos derivará en infracciones calificadas como leves, graves y muy graves.

 

Serán infracciones leves, entre otras, causar daños a la bicicleta o a la estación del servicio por un valor de hasta 60 euros, cuando el usuario realice una o varias operaciones de cancelación y/o devolución sin que la bicicleta quede anclada correctamente y, por este motivo, dicha bicicleta, utilizada posteriormente, cause al sistema un perjuicio clasificado como leve o devolver la bicicleta fuera de horario de servicio, transcurridos hasta doce horas desde la finalización de la jornada.

 

Serán infracciones graves causar daños a la bicicleta o estación del servicio por importe valorado entre 60 y 200 euros; la conducción temeraria; estacionar la bicicleta en un lugar diferente a las estaciones de SMAB; cometer tres infracciones leves en un período de seis meses; no comunicar al servicio las incidencias o defectos detectados durante el tiempo de utilización de la bicicleta o devolver la bicicleta fuera de horario de servicio, transcurrido un plazo desde doce hasta sesenta horas, desde la finalización de la jornada..

 

Se consideran infracciones muy graves ceder el abono a un tercero; abandonar o no devolver la bicicleta; utilizar la bicicleta en zonas inapropiadas; desmontar total o parcialmente la bicicleta, causar daños a bicicletas o estaciones del servicio por un valor superior a 200 euros; causar daños a terceros; devolver la bicicleta fuera de horario de servicio, transcurridas más de sesenta horas desde la finalización de la jornada; la utilización con fines comerciales o lucrativos de la bicicleta o la estación del servicio sin autorización del gestor del SMAB; negarse a mostrar la tarjeta de usuario o a identificarse a los inspectores del servicio o autoridad competente o comunicar al Ayuntamiento o al gestor datos falsos.
Las infracciones tipificadas en este Reglamento serán sancionadas con multa de hasta 300 euros, en el caso de infracciones leves; de hasta 800 euros, en el caso de infracciones graves y de hasta 1.300 euros en el caso de ser calificadas las infracciones como muy graves.

Escrito por en 17 Oct 2017. Archivado bajo Ayuntamiento de Almería.
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