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Atenuando la especulación: IRPF

jose.crtisthian-opinion-nueva-11111De impuestos va la cosa, sí. Uno de los compromisos que adopto el actual equipo de gobierno, fue el de implementar un plan contra la especulación sirviéndose de instrumentos de índole fiscal.

Desde el 1  de enero de 2013, las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de hasta un año, se han integrado en la Base General. Es decir, aquellos inmuebles o acciones que enajenemos antes de haber transcurrido un año desde su adquisición, no computarán como Renta del Ahorro, sino General. ¿Qué es esto?

El IRPF es un “tributo de carácter personal y directo” que “grava según los principios de igualdad, generalidad y progresividad” la renta del contribuyente, clasificándola en función de su naturaleza en dos grandes bloques, el general y el del ahorro.

La  escala general es mucho más progresiva y los tipos son más altos, llegando solo la parte estatal y, tras el Real Decreto-Ley 20/2011 de medidas urgentes en materia presupuestaria, al 30.5%. A esto habría que sumarle la parte autonómica, ya que es un tributo compartido por el gobierno central y los autonómicos. Sin embargo, la Base del Ahorro, solo disponía de dos tramos, que eran del 9.5% hasta 6000€ y del 10.5% desde 6000€, que tras la subida de impuestos han quedado en tres tipos; 11.5%, 14.5% y, 16.5%. A pesar de esta ampliación, la Base del Ahorro sigue siendo más interesante desde el punto de vista del contribuyente, de quien paga.

Por eso, el gobierno ha trasladado una renta sujeta a este impuesto, de la Base del Ahorro a la Base General, gravándola así con un tipo impositivo superior, desincentivando la compra-venta de activos con el objeto de venderlos en el corto plazo y extraer jugosas plusvalías.

Sin título 1

 

-José Cristian Callejón Villalobos-

-Estudiante de 4º de Finanzas y Contabilidad-

@josecallejon91

Escrito por en 5 may 2014. Archivado bajo Entrelíneas.
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