TABERNAS.- El equipo de gobierno actualiza la ordenanza para regular la venta ambulante
El Ayuntamiento de Tabernas ha actualizado la ordenanza reguladora de venta ambulante, cuyo texto databa del año 1997 y se encontraba obsoleto. La nueva normativa ha sido aprobada por pleno en la sesión celebrada la pasada semana con los votos a favor de los dos grupos de la corporación municipal. El principal objetivo con el que se ha actualizado la vieja ordenanza ha sido para organizar y controlar el mercadillo que se celebra cada miércoles, a excepción de los festivos, en la glorieta de España y que consta de unos 46 puestos.
La alcaldesa de la localidad, María de las Nieves Jaén, ha declarado que “era de vital necesidad para el Consistorio reformar esta ordenanza que tiene como función regular los requisitos, condiciones y régimen jurídico que deben regir en el ejercicio de la venta ambulante en el municipio”. La regidora ha añadido: “La ordenanza de mercado estaba totalmente desfasada ya que las tasas aparecían en pesetas aún y lo que ha hecho el equipo de gobierno ha sido actualizar este apartado y mejorar algunos otros puntos”.
La nueva normativa consta de 30 artículos y fija las infracciones y sanciones a los comerciantes que se dediquen a la venta ambulante y que incumplan las reglas que se han establecido por el Ayuntamiento. La cuantía de las multas oscila entre los 60 euros para las faltas leves a los 600 euros para las muy graves. Éste ha sido uno de los artículos que se ha modificado, pero no el único. También se han introducido mejoras en el apartado relativo a los requisitos y documentación a presentar por los solicitantes para ejercer la venta ambulante.
De igual forma, la nueva ordenanza establece el horario para la venta al público que está comprendida entre las 08:00 de la mañana y las dos de la tarde, También se ha introducido mejoras en el apartado del montaje, ya que los vendedores empezarán el montaje de los puestos a las siete de la mañana y a partir de ahora tendrá dos horas concluida la actividad de venta para desmontar los puestos.
Otro de los artículos que se han actualizado ha sido el correspondiente a las características de instalaciones de los puestos. La normativa recoge que las dimensiones de los puestos irán desde 1 a 16 metros de fachada, según los casos, por tres metros de fondo máximo en todos ellos y la separación entre puesto y puesto será como mínimo de 50 cm. para facilitar la carga y descarga.
“Han sido una modificaciones sencillas y que era necesarias que nos permitiera controlar al comercio ambulante en sus diferentes modalidades”, ha concluido María de las Nieves Jaén.